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SUBVENCIONES
DETALLES SUBVENCIONES
Subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia. Plazo: Hasta 29/06/2026.
Subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.
CONVOCA: Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
RESUMEN:
Financiación de proyectos de voluntariado social, enmarcados dentro del ámbito competencial de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.
REQUISITOS:
Estar legalmente constituidas con al menos 2 años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención.
Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en el caso de no estarlo, haberlo solicitado antes de la finalización del plazo de solicitud de esta subvención. En cualquier caso, la entidad debe estar inscrita en dicho Registro con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención. Además deben tener autorización para la realización de actividades de voluntariado, de conformidad con el Decreto n. º 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.
Carecer de fines de lucro.
Tener fines institucionales adecuados y recogidos como tales en sus estatutos, para la realización de actividades de voluntariado consideradas subvencionables de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden de convocatoria de estas subvenciones.
Desarrollar las actividades para las que se solicita la subvención en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia.
Estar inscrita en el Registro General de Entidades de Voluntariado de la Región de Murcia o, en caso de carecer de dicha inscripción, haberla solicitado antes de la finalización del plazo de solicitud de las subvenciones objeto de convocatoria. En este último supuesto, la inscripción en el citado Registro deberá realizarse con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la presente subvención por parte de la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.
Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.
Tener suscrita una póliza de seguro de accidente a favor de las personas voluntarias de la entidad, así como de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros que se puedan derivar del ejercicio de la actividad del voluntariado, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente, conforme a lo establecido en el artículo 12.1 e) de la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado de la Región de Murcia.
PLAZO DE SOLICITUD: Hasta 29/06/2026
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