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Ayudas al alquiler de vivienda «Bono Alquiler Joven» Plazo: Hasta 30/06/2025
Ayudas al alquiler de vivienda «Bono Alquiler Joven»
CONVOCA: Consejería de Fomento e Infraestructuras
RESUMEN:
Siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece la presente orden, se concederá una ayuda de 250 euros mensuales con el límite del importe de la renta arrendaticia o del precio de la cesión que se deba satisfacer por el alquiler o cesión de la vivienda o habitación que constituya domicilio habitual y permanente de las personas solicitantes del importe de la renta arrendaticia o del precio de la cesión que se deba satisfacer por el alquiler o cesión de la vivienda o habitación que constituya domicilio habitual y permanente de las personas solicitantes.
En el caso de que haya más de una persona beneficiaria, la cuantía de ayuda que corresponda a cada una se obtendrá dividiendo entre ellas la cuantía total a conceder.
REQUISITOS:
- Cuando el contrato de arrendamiento o de cesión se haya suscrito en el momento de la solicitud de la ayuda
- Tener una edad igual o inferior a 35 años en la fecha de presentación de la solicitud.
- Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994.
- Disponer, al menos, de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales que no superen el umbral del IPREM establecido en la letra e) de este artículo.
MÁS INFORMACIÓN:
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas