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Ayudas al alquiler de vivienda «Bono Alquiler Joven» Plazo: Hasta 30/06/2025

 

 

Ayudas al alquiler de vivienda «Bono Alquiler Joven»  

 

 

CONVOCA:  Consejería de Fomento e Infraestructuras

 

 

RESUMEN:

 

Siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece la presente orden, se concederá una ayuda de 250 euros mensuales con el límite del importe de la renta arrendaticia o del precio de la cesión que se deba satisfacer por el alquiler o cesión de la vivienda o habitación que constituya domicilio habitual y permanente de las personas solicitantes del importe de la renta arrendaticia o del precio de la cesión que se deba satisfacer por el alquiler o cesión de la vivienda o habitación que constituya domicilio habitual y permanente de las personas solicitantes.

 

En el caso de que haya más de una persona beneficiaria, la cuantía de ayuda que corresponda a cada una se obtendrá dividiendo entre ellas la cuantía total a conceder.

 

 

 

REQUISITOS:

 

 - Cuando el contrato de arrendamiento o de cesión se haya suscrito en el momento de la solicitud de la ayuda

 

- Tener una edad igual o inferior a 35 años en la fecha de presentación de la solicitud.

 

- Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994.

 

- Disponer, al menos, de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales que no superen el umbral del IPREM establecido en la letra e) de este artículo.

 

 

MÁS INFORMACIÓN: 

 

B.O.R.M. 13/03/2025

 

Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas