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Subvenciones de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA). Plazo: 28/10/2024.

 

 

Subvenciones de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA).

 

 

CONVOCA:  Consejería de Política Social, Familias e Igualdad.

 

 

RESUMEN:  

 

Subvenciones de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA). Conceder una subvención de carácter no periódico, otorgada por una sola vez durante el ejercicio económico, a personas que tengan diagnóstico de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) para la financiación de gastos de determinados servicios, adquisición de instrumentos o ayudas especializadas establecidas en cada convocatoria y que no están cubiertos o no suficientemente atendidos por ninguna otra entidad pública o privada.

 

 

REQUISITOS:  

 

Estar diagnosticadas de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

Estar empadronada en alguno de los municipios de la Región de Murcia con una antelación mínima de dos meses a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se mantenga en esta circunstancia hasta el fin del plazo de justificación.

 

En el supuesto de que la persona solicitante sea extranjera no comunitaria deberá disponer de permiso de residencia en vigor.

 

En el supuesto de que la persona solicitante tenga la condición de refugiada deberá acreditar dicha condición.

 

Que el gasto por el que se solicita la subvención se haya ocasionado durante 2024.

 

No haber sido beneficiaria en los dos años anteriores de otras subvenciones por adquisición de material para idéntica finalidad, excepto cuando la situación de necesidad objeto de la solicitud sea acreditada documentalmente y aceptada previamente por el órgano instructor.

 

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

 

No estar incursa en las circunstancias que impiden la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

 

PLAZO DE SOLICITUD: 28/10/2024

  

 

MAS INFORMACION:

 

https://sede.carm.es/

 

B.O.R.M 14/10/2024