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Subvenciones del programa formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad. Plazo: 08/07/2024.

 

 

Subvenciones del programa formas innovadoras de integracion laboral de personas con discapacidad.

 

 

CONVOCA:  Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.

 

 

RESUMEN:

 

Favorecer la inserción laboral mediante acciones basadas en la búsqueda de empleo, de orientación laboral y de acompañamiento a la inserción, para lograr la integración laboral en el mercado de trabajo ordinario de personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual, personas con trastorno del espectro del autismo o sensorial y personas con discapacidad física con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento, que se encuentren desempleadas. Igualmente, el acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, que hubiesen sido insertadas mediante este subprograma para facilitar su adaptación social y laboral.

 

 

REQUISITOS:   

  

1. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

2. En particular, para poder obtener la condición de beneficiario el solicitante deberá:

  • a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

 

3. Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM nº 23 de 29 de enero de 2022).  

Estos requisitos deberán acreditarse por el beneficiario con anterioridad a la realización de la propuesta de resolución de concesión.

 

 

PLAZO DE SOLICITUD: 08/07/2024

  

 

MAS INFORMACION:

                 

B.O.R.M 07/06/2024